IA y Automatizacion

Etiquetar el Contenido de IA: Qué Debe Hacer tu Negocio

12 sept. 20267 min de lecturaEN

Las normas europeas para etiquetar contenido de IA ya están en vigor. Qué exigen de verdad a la web de una pyme, qué no exigen y qué mitos puedes ignorar.

Si has oído que ahora hay que etiquetar por ley todo lo que se hace con IA, y te preguntas si eso incluye los textos de tu web o las imágenes de tus redes, respuesta directa: las normas son reales, se aplican en toda la UE desde el 2 de agosto de 2026, y para una pyme o un autónomo se reducen a tres hábitos pequeños. Las obligaciones pesadas y las multas de miedo van dirigidas a las empresas que fabrican las herramientas de IA, no a los negocios que las usan.

Esto es información general, no asesoramiento legal. Pero debería sustituir los titulares alarmistas por una lista de tareas que terminas esta semana.

Qué está en vigor de verdad

Las normas salen del artículo 50 del Reglamento Europeo de IA, el capítulo de transparencia. Se aplica desde el 2 de agosto de 2026 en toda la UE, directamente, sin necesidad de ley española. La Comisión Europea adoptó sus directrices en julio de 2026, y en junio se publicó un código de buenas prácticas voluntario para el marcado de contenido de IA, con alrededor de 190 firmantes a finales de julio. Firmar el código es opcional; las obligaciones de fondo, no.

También hay iconos oficiales de la UE para señalar contenido generado o modificado con IA, y usarlos es opcional. AESIA, la agencia española de supervisión de la IA, tiene preguntas frecuentes en español sobre todo esto.

La distinción que desmonta casi todo el pánico

La ley separa a los proveedores, las empresas que fabrican las herramientas de IA (Google, OpenAI, Adobe...), de los responsables del despliegue, los negocios que las usan. O sea, tú.

La obligación técnica pesada, incrustar marcas legibles por máquina en cada imagen, vídeo, audio o texto generado con IA, es de los proveedores. Google incrusta su marca de agua invisible SynthID, OpenAI añade metadatos de procedencia C2PA a sus imágenes y Adobe Firefly añade Content Credentials. Tú no tienes que poner marcas de agua a nada, nunca. Para herramientas ya en el mercado antes de agosto de 2026 hay un periodo de gracia acordado para ese marcado hasta el 2 de diciembre de 2026, pero es problema de los proveedores, no tuyo. Lo que sí toca a una pyme se aplica desde el primer día, y es esto.

Las tres cosas que sí tienes que hacer

1. Tu chatbot tiene que decir que es un chatbot

Si tu web tiene un chat con IA, quien lo use tiene que saber que habla con una máquina. Basta una línea clara al empezar: "Estás hablando con un asistente de IA". En rigor ese diseño es deber del proveedor, pero el aviso tiene que llegar a tu visitante, así que comprueba que está. La ley permite una excepción cuando es evidente, pero se interpreta de forma estricta. Es un arreglo de cinco minutos, y los chatbots de IA que montamos se presentan en el primer mensaje, así que ese punto viene resuelto de serie.

2. Etiqueta de forma visible lo que finja ser real

Esta es la norma de los deepfakes, lo que el proyecto de la ley española de IA llama ultrasuplantación. Cubre imagen, audio o vídeo generado o manipulado con IA que muestre personas, lugares, productos o hechos reales de forma que pueda pasar por auténtico. Una "foto" con IA de tu local más lleno de lo que está, un antes y después inventado de una reforma, una voz clonada: todo eso lleva etiqueta visible desde el primer momento. Los metadatos ocultos no bastan; el aviso tiene que verse sin herramientas especiales. El texto de IA no es un deepfake; esta norma va de imagen y sonido.

La prueba práctica es sencilla: si muestra algo real con apariencia de auténtico cuando no lo es, etiquétalo. Las ilustraciones y los gráficos claramente artificiales no son deepfakes y no necesitan etiqueta. Las de este blog, por ejemplo, son imágenes conceptuales generadas con IA, nada fotorrealistas, y justo por eso están bien sin etiquetar.

3. Mantén un editor humano en los textos hechos con IA

La norma del texto es mucho más estrecha de lo que sugirieron los titulares. Solo exige etiqueta cuando un texto generado con IA se publica para informar al público sobre asuntos de interés público, piensa en contenido con pinta de noticia sobre política, salud o seguridad de los consumidores, y nadie lo ha revisado. Si una persona revisa el texto y alguien asume la responsabilidad editorial, está exento. El marketing normal, las páginas de servicios y los blogs de empresa quedan fuera por completo. Lo confirma la propia AESIA en sus preguntas frecuentes.

Así que la regla práctica es la de siempre: no publiques texto de IA sin revisar como si fuera una noticia. Así funciona nuestro propio servicio de contenido con IA: la IA redacta el borrador y una persona edita, comprueba y firma cada pieza.

Lo que NO tienes que hacer

  • No hay que etiquetar el marketing normal. Descripciones de producto, posts del blog, ilustraciones y publicaciones de redes con ayuda de IA no llevan etiqueta obligatoria.
  • No tienes que poner marcas de agua a nada. El marcado legible por máquina es trabajo del proveedor de la herramienta.
  • No hay que etiquetar contenido antiguo. Lo generado antes de que se aplicaran las normas no necesita etiquetas a posteriori.
  • Los iconos de la UE son opcionales. Están ahí por si los quieres.
  • Google no penaliza el contenido hecho con IA. Premia la calidad venga de donde venga; lo que persigue son las páginas fabricadas en masa sin valor.

¿Y la famosa multa de 35 millones?

La ley española de IA todavía no está aprobada: a septiembre de 2026 el proyecto sigue en el Congreso, en fase de enmiendas, sin fecha comprometida. Las multas nacionales que salieron en prensa no se pueden imponer todavía.

El titular de los 35 millones por no etiquetar, que circuló en 2025, no cuadra con el proyecto: ahí, no etiquetar contenido de IA es una infracción grave, con multas de hasta 7,5 millones de euros o el 1% de la facturación mundial. El tramo de 35 millones se reserva para las prácticas de IA prohibidas. Y para pymes y startups el propio proyecto prevé la cifra más baja de las dos, no la más alta. El texto aún puede cambiar en la tramitación, pero de momento la multa famosa está mal contada.

Lo que sí rige desde el 2 de agosto de 2026 es el reglamento europeo: hasta 15 millones de euros o el 3% de la facturación por incumplir la transparencia, con tope para pymes en la menor de las dos cifras. La realidad es aún más tranquila: a septiembre de 2026 no se ha hecho pública ninguna multa ni actuación formal por el artículo 50 en toda la UE, y a mediados de 2026 solo 9 de los 27 estados miembros tenían plenamente designadas sus autoridades de control, España entre los pendientes. Nada de eso te exime, pero la respuesta sensata es una tarde de orden, no el pánico.

Ojo: la ley de siempre sigue mandando

El contenido engañoso ya era ilegal antes de la IA. La ley de competencia desleal y la normativa de consumidores ya cubren la publicidad engañosa, con o sin IA. Una imagen de IA que hace que tu producto parezca lo que no es sigue siendo publicidad engañosa aunque le pongas la etiqueta más grande del mundo.

Tu checklist de cinco minutos

  1. ¿Chatbot en la web? Que su primer mensaje diga que es un asistente de IA.
  2. Repasa tus imágenes y vídeos. Las recreaciones realistas con IA de personas, lugares, productos o trabajos reales llevan etiqueta visible. Las ilustraciones, nada.
  3. Todo texto redactado con IA pasa revisión humana antes de publicarse, con alguien que asuma la responsabilidad.
  4. No publiques contenido de IA disfrazado de noticia ni de reseña.
  5. El contenido antiguo, déjalo en paz: no hay obligación retroactiva.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que etiquetar las imágenes de IA de mi web?

Solo si pueden pasar por representaciones auténticas de personas, lugares, productos o hechos reales. Las ilustraciones y los gráficos claramente estilizados no necesitan etiqueta.

¿Los posts del blog escritos con IA llevan etiqueta?

Si los revisa una persona y alguien asume la responsabilidad editorial, no. La etiqueta solo toca el texto de IA sin revisar publicado para informar sobre asuntos de interés público; el marketing normal queda fuera por completo.

¿Qué multa hay en España por no etiquetar?

De momento, la del reglamento europeo: hasta 15 millones de euros o el 3% de la facturación, con tope reducido para pymes (la cifra menor), aunque la designación definitiva de la autoridad española que debe sancionar sigue pendiente. La ley española, con su tramo de hasta 7,5 millones para esta infracción, sigue sin aprobarse a septiembre de 2026.

¿Google penaliza el contenido hecho con IA?

No. Google premia la calidad venga de donde venga. Lo que persigue son las páginas fabricadas en masa sin valor, no el contenido con sustancia real.

¿Quieres un chatbot que se presente como es debido desde el primer mensaje o contenido con IA con editor humano incluido? Escríbenos y te lo dejamos montado sin dramas.

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