Si tienes un negocio en España, seguro que te han dicho más de una vez, y con mucha seguridad, que la factura electrónica está a punto de ser obligatoria y que lo que haces ahora se va a quedar fuera de la ley. También te habrás dado cuenta de que la fecha no para de moverse.
Aquí tienes la situación tal y como está, con la distinción que aclara casi toda la confusión.
Esto es información general para que sepas qué preguntar, no asesoramiento fiscal ni legal. Los plazos aquí ya se han movido una vez, así que confirma tu caso concreto con tu gestor o asesor.
Son dos normas distintas y casi todo el mundo las mezcla
De aquí sale prácticamente toda la confusión:
- Verifactu regula cómo emites una factura. Tu programa de facturación tiene que cumplir requisitos técnicos: registros inalterables y encadenados entre sí, una huella digital, un código QR en la factura y capacidad de comunicar los registros a Hacienda. Se aplica tanto a facturas a empresas como a particulares.
- La factura electrónica de la Ley Crea y Crece regula el formato y el canal de las facturas entre empresas. Una factura electrónica estructurada, intercambiada por medios digitales. Un PDF enviado por correo deja de contar como factura electrónica a efectos B2B.
Normas distintas, ámbito distinto, fechas distintas. Cuando alguien te diga "la factura electrónica es obligatoria el año que viene", la respuesta útil es: ¿de cuál de las dos me hablas?
Verifactu: las fechas
Verifactu iba a entrar en juego en 2026. Se aplazó mediante el Real Decreto-ley 15/2025, aprobado en diciembre de 2025. El calendario tal y como está:
- 1 de enero de 2027 para las empresas que tributan por el Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027 para el resto de obligados, que incluye a la gran mayoría de autónomos.
Así que hay tiempo. No tanto como para olvidarse, pero suficiente para que nadie tenga que comprar nada con prisas este mes.
Qué exige Verifactu en la práctica
En el día a día, cumplir depende sobre todo del programa que uses, no de que tú hagas algo distinto en tu mesa. Un sistema que cumpla debe:
- Crear un registro inalterable de cada factura, encadenado al anterior, para que nada se pueda cambiar ni borrar después sin que se note.
- Aplicar una huella digital a cada registro.
- Imprimir un código QR verificable en la factura.
- Poder enviar los registros de facturación a la AEAT, de forma continua o a requerimiento según la modalidad.
La consecuencia práctica para muchos negocios pequeños es clara: facturar con una plantilla de Word, una hoja de Excel o un talonario de papel no va a cumplir. Si ese es tu caso, planifica el cambio en vez de descubrirlo en junio de 2027.
Quién queda fuera
Algunos obligados quedan fuera del régimen de Verifactu porque ya informan por otras vías, en particular las empresas acogidas al SII y quienes están en sistemas forales como TicketBAI en el País Vasco. Hay además otros supuestos particulares, y este es justo el tipo de detalle que conviene confirmar con tu gestor y no dar por hecho leyendo un blog, incluido el nuestro.
Las sanciones, en su justa medida
El régimen sí contempla multas serias, con importes de decenas de miles de euros por usar programas de facturación que no cumplan, y mayores todavía para las empresas que los fabrican y venden. Conviene saberlo para tomarse el plazo en serio. No conviene perder el sueño en 2026, siempre que resuelvas el tema del software durante 2027 y no después.
Crea y Crece: la otra norma
Esta es la que acaba con el PDF por correo entre empresas. Las facturas a otras empresas y profesionales tendrán que emitirse en un formato electrónico estructurado, como Facturae, que el sistema que la recibe pueda leer y procesar automáticamente.
Aquí el calendario va por fases según el tamaño de la empresa, primero las grandes y con bastante más margen para las pequeñas y los autónomos, entrando en 2028. Ten en cuenta que este calendario ha demostrado no ser firme y que el detalle depende del desarrollo ministerial. Toma cualquier fecha concreta que leas, también las nuestras, como provisional y compruébala cuando se acerque.
Qué hacer ahora, por orden
- Pregunta a tu gestor qué normas te aplican y desde cuándo. Cinco minutos suyos valen más que una tarde leyendo.
- Pregunta por escrito a tu proveedor de software si va a cumplir con Verifactu y para cuándo. Si la respuesta es vaga, ya tienes la respuesta, y te sobra tiempo para cambiar.
- Si facturas con Word, Excel o papel, empieza a mirar ya. No por el plazo, sino porque el cambio es mucho más fácil cuando no es urgente.
- Ordena los datos de tus clientes. La facturación estructurada no perdona los NIF y las direcciones incompletas. Arreglarlo poco a poco es mejor que arreglarlo todo de golpe.
- No compres con prisas. Quien te llame en frío hablando de una obligación inminente y un precio especial solo hoy te está vendiendo urgencia, no cumplimiento.
La parte buena, que existe
Hay un beneficio real escondido en todo esto. Cuando tus facturas existen como datos estructurados y no como PDF y papel, el papeleo que las rodea se puede automatizar como nunca antes: registrarlas, casar los recibos, perseguir lo que está sin cobrar y preparar el trimestre sin una caja de zapatos.
Es el mismo argumento que hicimos en automatizar facturas y recibos con IA y en automatizar el papeleo del trimestre. Si te van a obligar a modernizar la factura, aprovecha y quédate con la ventaja. Nuestros servicios de documentos con IA y automatización existen justo para esa parte.
Preguntas frecuentes
¿Verifactu es lo mismo que la factura electrónica obligatoria?
No. Verifactu fija requisitos para tu programa de facturación y afecta tanto a facturas a empresas como a particulares. La Ley Crea y Crece fija el formato y el canal de las facturas entre empresas. Son obligaciones separadas con calendarios separados.
¿Cuándo me afecta si soy autónomo?
En Verifactu, la fecha actual para la mayoría de autónomos es el 1 de julio de 2027. La obligación de formato electrónico entre empresas llega más tarde todavía, por fases según tamaño. Confirma tu caso con tu gestor.
¿Puedo seguir facturando con Excel?
No una vez que Verifactu te aplique. Los requisitos de registros inalterables encadenados, huella digital y código QR no se pueden cumplir con una hoja de cálculo.
¿Y si mi programa actual no se adapta a tiempo?
Pregúntalo ya, por escrito. La mayoría de programas de facturación españoles consolidados están trabajando en ello. Si el tuyo no se compromete, tienes una ventana cómoda para pasarte a uno que sí, que es mucho mejor que descubrirlo la semana antes.
¿De verdad se ha movido ya el plazo?
Sí. Verifactu se esperaba durante 2026 y se aplazó a 2027 mediante el Real Decreto-ley 15/2025. Precisamente por eso conviene comprobar la situación actual y no actuar con un artículo del año pasado, incluido este dentro de un año.
El resumen honesto: dos normas, las dos reales, las dos más tarde de lo que dicen los sustos, y las dos mucho más llevaderas como cambio planificado que como urgencia. Si quieres ayuda para que el papeleo duela menos cuando hagas el cambio, escríbenos y te diremos claramente qué merece la pena automatizar y qué no.
